Nuevo Proyecto De Ley Sobre Alquiler Vacacional En Las Islas Canarias
Publicada en Legal y FiscalEl Gobierno de Canarias ha presentado el nuevo borrador de Decreto que regulará el alquiler vacacional, en sustitución del actual decreto vigente del año 2015.
Este borrador es tan sólo un “documento de trabajo”, antes de ser sometido a información pública, y de que el texto definitivo sea aprobado finalmente por el Parlamento de Canarias. Podría tardar varios meses, por lo que se estima que la nueva normativa se convierta en ley hacía finales de 2018.
¿Qué dice el nuevo borrador de decreto de alquiler vacacional?
En la actual redacción del borrador, la nueva normativa mantiene la prohibición de alquiler vacacional en las urbanizaciones turísticas de Gran Canaria, e incluso extiende la prohibición a urbanizaciones residenciales ubicadas dentro de las zonas turísticas (el Sur de Gran Canaria se considera zona turística).
No obstante, se daría la opción a los Ayuntamientos de decidir por sí mismo si quieren autorizar el alquiler vacacional en urbanizaciones residenciales y turísticas de sus propios municipios
Asimismo el nuevo borrador de Decreto prohíbe que nuevas edificaciones, iniciadas después de convertirse en ley la nueva regulación, sean utilizadas para alquiler vacacional.
Reacciones ante el nuevo borrador de Decreto de alquiler vacacional:
El nuevo borrador ha sido acogido con fuertes críticas de prácticamente todas las partes.
La Asociación de Empresarios Constructores y Promotores de las Palmas declaró que la nueva normativa frenara la modernización de edificios antiguos y la creación de infraestructura en toda la isla de Gran Canaria. La Asociación de Municipios Turísticos de Canarias, que representa a los cinco grandes municipios de Canarias, califico del borrador de “patata caliente que no resuelve el problema”.
El Alcalde de San Bartolomé de Tirajana, el mayor municipio turístico de Gran Canaria, cuestionó los fundamentos legales para externalizar la toma de decisiones sobre el alquiler vacacional en manos de los gobiernos locales. También preguntó por qué razón el borrador prohíbe efectivamente el alquiler vacacional en las zonas rurales de Gran Canaria.
El Alcalde Marco Aurelio Pérez Sánchez declaró asimismo que el nuevo borrador “repite los mismos errores que el Decreto de 2015, que ya ha sido recurrido ante los tribunales”. Apuntó además que los gobiernos locales necesitarían varios años para modificar la normativa local y abogó por una solución más universal e inmediata.
En un comunicado oficial, el Círculo de Empresarios de Gran Canaria cuestiona que en las Islas Canarias se esté complicando más la cuestión. Aboga por una normativa simple, que permita a las distintas modalidades de alojamiento turístico coexistir en harmonía, con leyes y normas claras.
Tom Smulders, Vicepresidente de la Asociación de Empresarios de Alojamientos Turísticos de Las Palmas (AEAT) manifiesta su preocupación por considerar que el nuevo borrador representa una moratoria encubierta a la industria de alquiler vacacional, y que la obligaría a “sumergirse”.
ACEGI, Asociación Canaria de Empresas de Gestion Inmobiliaria manifestó que el nuevo proyecto de ley no resuelve ninguna de las incertidumbres jurídicas en torno al alquiler vacacional y es de hecho mucho más restrictiva que la normativa del año 2015. Exigió un conjunto sensato de normas para regular los alquileres vacacionales en zonas turísticas, en beneficio de las islas y de sus habitantes.
¿Qué significa todo esto para los alquileres vacacionales en Gran Canaria?
Las normas del borrador pueden aun ser modificadas y las quejas generalizadas a su contenido actual hacen pensar que el mismo será modificado antes de convertirse en ley. Es demasiado pronto para especular sobre lo que dirá el texto final del nuevo decreto.
No obstante, sabemos que cualquiera que tenga ya de alta una vivienda vacacional o la inscriba antes de que sea aprobada la nueva normativa, no perderá derechos ni licencias existentes, ya que estarían consolidados según las leyes españolas: así queda especificado también entre las normas del nuevo borrador (Disposición Transitoria Cuarta). Los titulares de una “Vivienda Vacacional” registrada tendrían que adaptarse a las nuevas normas, pero no perderían sus derechos a alquilarla.
La reglamentación de 2015 permitía que las propiedades en urbanizaciones residenciales fuesen registradas como Vivienda Vacacional. Lo cual implica que es un buen momento para iniciar el proceso de solicitud, ya que las viviendas registradas con arreglo a la normativa de 2015 podrían llegar a ser productos escasos.
Son ejemplos de tales urbanizaciones residenciales dentro del municipio de Mogán: Loma Dos, el pueblo de Arguineguin, Valle de Puerto Rico y Motor Grande, Valle de Tauro, Valle de Mogán y algunas zonas del Puerto de Mogán.
Dentro del municipio de San Bartolomé de Tirajana, figuran como urbanizaciones residenciales las zonas de El Tablero, San Fernando, Meloneras (El Hornillo), Montaña la Data, Monte León, y Castillo del Romeral.
Asimismo merece la pena señalar que la normativa acerca del alquiler vacacional sólo se aplica a las propiedades que se anuncian en “canales turísticos” (básicamente en cualquier sitio web o anuncio impreso) y que se alquilan por un tiempo inferior a seis meses. No se aplican a las propiedades que se alquilan sin anunciarse, por ejemplo, dentro de un determinado circulo de influencia, conocidos, amigos, familiares, vecinos, etc.
Es perfectamente legal que alquile su propiedad a cualquier persona para pasar vacaciones, siempre que lo haga “de boca a boca” y no mediante anuncios (con excepción de los apartamentos dentro de complejos gestionados por explotadores turísticos).
Carolina es la gerente de la Inmobiliaria Cárdenas, la agencia inmobiliaria más recomendada en el sur de Gran Canaria, y ex vicepresidenta de la Asociación Empresarial Canaria De Gestores Inmobiliarios (ACEGI). Es una agente eficaz gracias a sus más de veinte años de experiencia en el sector.